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La prevención de riesgos frente al ruido en el puesto de trabajo

Carlos Martinez
23 de Agosto de 2010
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El ruido es un contaminante físico que nos acompaña en el día a día sobre todo cuando vivimos en grandes ciudades. Nos irrita, nos molesta… pero ¿qué pasa cuando este ruido se traslada también a nuestro lugar de trabajo? ¿cómo lo podemos combatir? y ¿cómo nos afecta?
El ruido se define como cualquier sonido indeseable (según la Organización Mundial de la Salud OMS).
De acuerdo con estudios realizados por el Ministerio de Trabajo, el 37% de los trabajadores indica que en su puesto de trabajo el nivel de ruido al que están expuestos es muy molesto, elevado o muy elevado. Representan el 24,8% en Industria y el 21,9% en Construcción. La diferencia por sexo también resulta muy destacable ya que los hombres están expuestos a estos niveles de ruido en un 14,2% y las mujeres en un 5,4%.

 A nivel técnico el ruido es un contaminante físico que produce una sensación auditiva considerada molesta o incómoda y que, con el paso del tiempo, y por efecto de su reiteración, puede ser perjudicial para la salud de las personas.

 El ruido puede ser un problema en muchos lugares de trabajo, no sólo en las obras de construcción y en las fábricas, sino en cualquier lugar, desde las explotaciones agrícolas a los ares, desde las escuelas hasta las salas de conciertos.

Efectos del ruido

* Efectos auditivos:

- Pérdida de la capacidad auditiva por exposiciones continuadas. Los daños en función de la gravedad son:

En la sordera transitoria o fatiga auditiva no hay aún lesión. La recuperación es casi completa al cabo de 2 h y completa a las 16 h de cesar el ruido. Mientras, la sordera permanente está producida, bien por exposiciones prolongadas a niveles elevados o bien por acumulación de fatiga auditiva sin tiempo suficiente de recuperación. Hay lesión del oído interno.

- Pérdida de la capacidad auditiva por exposiciones bruscas e intensas. Tales exposiciones pueden llegar a provocar daños fisiológicos en el sistema auditivo como la rotura del tímpano o daños en la cadena de huesecillos.

* Efectos no auditivos:

- Malestar.

- Interferencia en la comunicación.

- Pérdida de atención, de concentración y de rendimiento.

- Cuando la realización de una tarea necesita la utilización de señales acústicas, el ruido de fondo puede enmascarar estas señales o interferir con su percepción.

- El estrés y sus manifestaciones y consecuencias: cansancio crónico, insomnio, etc.

Medidas contra el ruido

Independientemente del lugar de trabajo, hay algunas medidas fundamentales que permiten evitar que los trabajadores sufran daños:

* Actuación sobre la fuente productora de ruido: el fabricante debe utilizar todos los medios disponibles para reducir el ruido al “más bajo nivel posible”, integrando este factor en el diseño, es decir, reduciendo el ruido en su fuente.

* Actuación sobre el medio de propagación: las actuaciones sobre el medio consisten, básicamente, en la interposición de materiales en la trayectoria de las ondas para frenar su camino. El método más conocido es el enclaustramiento o encerramiento en una cabina del equipo ruidoso.

* Actuación sobre el receptor. Se puede reducir el ruido en el receptor aislándolo de la zona donde se produce el ruido. El control del ruido en el propio trabajador, utilizando protección de los oídos es, desafortunadamente, la forma más habitual, pero la menos eficaz, de controlar y combatir el ruido. Obligar al trabajador a adaptarse al lugar de trabajo es siempre la forma menos conveniente de protección porque:

- El ruido sigue estando ahí, no se ha reducido.

- Si hace calor y hay humedad las orejeras hacen sudar y estar incómodo.

- Los trabajadores no pueden comunicarse entre sí ni pueden oír señales.

 * Medidas organizativas: la rotación, el establecimiento de limites a la exposición y la reubicación del puesto siempre que fuera posible.

No hay que olvidar otras medidas como:

- Información y formación: recibir información y formación que les permita comprender y afrontar los riesgos relacionados con el ruido. Esta información y formación debe abarcar: los riesgos existentes, así como las medidas adoptadas para eliminarlos o reducirlos, las mediciones de los niveles de ruido, etc.

- Reconocimientos médicos periódicos:para una pronta detección de posibles sorderas, trastornos auditivos, etc.

El valor de la asistencia jurídica en la prevención

Carlos Martinez
28 de Julio de 2010
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Más de una década después de la entrada en vigor de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales es evidente que la siniestralidad laboral sigue presente en nuestro país. En los últimos años, las autoridades parece que se han dado por enteradas del gasto que supone este fenómeno y se han sucedido las campañas en los medios tratando de promover la prevención en las empresas. En este camino, el control de la siniestralidad supondrá un mayor control de las sanciones que, de forma progresiva, se van a imponer en nuestro mercado.

Esta idea es el origen de una iniciativa que, impulsada por Carlos Martínez, jurista experto en prevención, se presenta como un despacho de abogados innovador y especializado en prevención de riesgos laborales. La clave de este proyecto se basa en que las empresas cuenten con un buen asesoramiento que les permita no sólo cumplir con la legislación vigente, sino también saber cómo afrontar una inspección de trabajo o cómo actuar ante un posible accidente laboral.

La clave: anticipación

El proyecto se basa en anticiparse a los problemas, por eso se realiza una adecuada prevención que se adelante a los contratiempos laborales vinculados de forma directa con la seguridad. La problemática de la prevención de riesgos laborales lleva implícitas muchas dudas y preguntas que plantea esta nueva situación del mercado del riesgo en nuestro país, lo que obliga a contestar y recibir ayuda profesional en esta área, más allá de los tradicionales despachos jurídicos. Esta iniciativa propone soluciones para evitar todos estos problemas legales.

Electricidad: prevenir y actuar

Carlos Martinez
14 de Abril de 2010
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Una de las fuentes de energía más utilizada en la actualidad es la energía eléctrica, fuente también de importantes accidentes, debido a su gran difusión industrial y doméstica, ya que no es perceptible por la vista ni por el oído. Éstos son los motivos que hacen que sea una fuente de accidentes importantes.

En nuestro hogar, deberemos adoptar las medidas necesarias para que de la utilización o presencia de la energía eléctrica no se deriven riesgos para la salud y seguridad,

La electricidad tiene efectos nocivos que podemos dividir en dos grandes grupos:

  • Incendios y/o explosiones: afectan a personas, instalaciones

y bienes.

  • Electrización y electrocución: afectan a personas.

Los incendios debidos a la energía eléctrica se producen, fundamentalmente, por sobrecargas en la instalación, chispas o cortocircuito.

Al circular la corriente eléctrica, el conductor se calienta. Si el conductor no tiene la mínima sección necesaria, se genera más calor que el que es capaz de disipar, llegando a inflamar los materiales contiguos. Esta situación puede llegar a producir un cortocircuito.

El cortocircuito se produce cuando dos conductores a distinto potencial se ponen en contacto sin ninguna resistencia intermedia.

Una persona se electriza cuando la corriente eléctrica circula por su cuerpo, es decir, cuando la persona forma parte del circuito eléctrico, pudiendo, al menos, distinguir dos puntos de contacto: uno de entrada y otro de salida de la corriente. Esa misma persona se electrocuta cuando el paso de la corriente produce su fallecimiento.

Las consecuencias del paso de la corriente por el cuerpo, pueden ocasionar desde lesiones físicas secundarias (golpes, caídas, etc.) hasta la muerte por fibrilación ventricular.

La fibrilación ventricular, consiste en el movimiento desordenado del corazón, el cual, deja de enviar sangre a los distintos órganos y aunque esté en movimiento, no sigue su ritmo de funcionamiento.

Es importante tener en cuenta algunas recomendaciones:

  • Nunca deberíamos manipular o modificar las instalaciones eléctricas, es un trabajo que debe ser encargado a especialistas.
  • Debe evitarse la utilización de aparatos o equipos eléctricos en caso de lluvia o humedad cuando: los cables u otro material eléctrico atraviesen charcos, los pies pisen agua o alguna parte del cuerpo esté mojada.
  • Los equipos eléctricos deben conservarse en buen estado.
  • El usuario de cualquier equipo o máquina, debe conocer sus instrucciones de uso y, por tanto, las precauciones que hay que tomar para su empleo, fundamentalmente cuando se utilicen por primera vez.
  • En caso de avería, lo primero es cortar la corriente, si no tiene los conocimientos mínimos necesarios, no trate de reparar equipos o instalaciones averiadas. Debe evitarse realizar reparaciones provisionales. Los cables dañados hay que reemplazarlos por otros nuevos. Los cables y enchufes eléctricos se deben revisar de forma periódica y se sustituirán los que se encuentren en mal estado.
  • Todas las instalaciones deben estar en buen estado y ser revisadas periódicamente.
  • Los sistemas de seguridad de las instalaciones eléctricas no deben ser manipulados bajo ningún concepto, puesto que su función de protección queda anulada.
  • Sobrecargar la instalación eléctrica instalando adaptadores (“ladrones”) a las bases de toma de corriente.

Para socorrer a una persona electrizada:

  • Cortar la corriente sin tocar a la persona electrizada. Si no puede cortar la corriente o va a tardar demasiado en cortarla, el socorrista debe tratar de “desenganchar” a la persona electrizada con la ayuda de un elemento aislante (silla de madera, palo, etc.).
  • Antes de desenganchar al electrizado, el socorrista debe abstenerse de tocar físicamente con su cuerpo al electrizado.

PARA RECORDAR

  • Nunca deberíamos manipular o modificar las instalaciones eléctricas, es un trabajo que debe ser encargado a especialistas.
  • Debe evitarse la utilización de aparatos o equipos eléctricos en caso de lluvia o humedad cuando: los cables u otro material eléctrico atraviesen charcos, los pies pisen agua o alguna parte del cuerpo esté mojada.
  • Todas las instalaciones deben estar en buen estado y ser revisadas periódicamente.

Para socorrer a una persona electrizada:

  • Cortar la corriente sin tocar a la persona electrizada. Si no puede cortar la corriente o va a tardar demasiado en cortarla, el socorrista debe tratar de “desenganchar” a la persona electrizada con la ayuda de un elemento aislante (silla de madera, palo, etc.).

Prevención de riesgos laborales en el embarazo

Carlos Martinez
12 de Marzo de 2010
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Medidas preventivas para embarazadas

Medidas preventivas para embarazadas

El gran número de mujeres que se han incorporado al mercado laboral en los últimos años ha contribuido a la aparición de riesgos potenciales para la reproducción, embarazo, parto, posparto y lactancia. Los riesgos de las mujeres embarazadas y en fase de lactancia y sus medidas preventivas se han convertido en un asunto que se debe tener muy en cuenta en las empresas españolas.

Cuando una mujer se queda embaraza, es necesario evaluar los riesgos que ciertas actividades laborales puedan implicar para el ciclo reproductivo de la mujer, su capacidad para quedarse embarazada o a la salud del feto.

Varios son los posibles efectos adversos resultantes de la exposición de las mujeres trabajadoras a los peligros citados: efectos en el ciclo menstrual, infertilidad y abortos, defectos en el recién nacido, bajo peso al nacer y partos prematuros, etcétera. Para evitar o prevenir estas circunstancias, las empresas deben tener en cuenta una serie de aspectos.

  • Medidas relativas a la adaptación de las condiciones de trabajo: ante la existencia de riesgos que supongan un peligro para el embarazo o lactancia de las trabajadoras, el empresario deberá optar por una adaptación de las condiciones de trabajo o del tiempo de trabajo de la mujer afectada, salvo que se trate de actividades prohibidas a las que posteriormente nos referiremos.
  • Movilidad funcional o cambio de puesto de trabajo: la mujer deberá desempeñar un puesto de trabajo o función diferente y compatible con su estado.
  • Suspensión del contrato de trabajo: prestación económica de riesgo por embarazo, que consiste en un subsidio equivalente al 75% de la base reguladora de contingencias comunes. Prestación cuyo pago corresponde a la entidad gestora, que comienza el día en que se inicia la suspensión del contrato de trabajo por el señalado riesgo de embarazo.

Al margen de estas medidas, existen una serie de actividades prohibidas: la mujer embarazada o lactante no debe ser empleada en trabajos que impliquen contacto con benceno, limitación del transporte manual de carga y prohibición del trabajo nocturno y horas extraordinarias.

La sobrecarga de trabajo en la mujer embarazada puede tener varios efectos que pueden agruparse en tres bloques: patología osteomuscular, patología vascular y estrés.

  1. Patología osteomuscular. Los puestos de trabajo no están diseñados, en principio, para las mujeres embarazadas, lo que puede acarrear malas posturas y/o posturas forzadas y sobreesfuerzos.
  2. Patología vascular. Un trastorno habitual que se da durante el embarazo es el de la estasis venosa, con la aparición de edemas y varices en las extremidades inferiores.
  3. Estrés. Entendemos el estrés como el fracaso a la adaptación física y mental ante una situación negativa. Es decir, que las personas no consiguen afrontar con éxito las presiones del entorno. Las causas de estrés pueden ser debidas al propio embarazo (preocupación por dañar el feto, asumir responsabilidades económicas y familiares, aumento de peso y pérdida de la figura, etcétera), al trabajo doméstico que puede distar mucho de ser ameno y gratificante y al trabajo fuera de casa.

Por todo esto, y con carácter general, son necesarias medidas de conciliación, entre las que destacamos:

  • El compromiso de las organizaciones que permita la conciliación efectiva de la vida laboral y familiar: facilidad para la apertura de guarderías en centros de trabajo o polígonos industriales, reducción de jornada y horarios de trabajo para padres con hijos al cargo.
  • Conseguir que las normas de prevención se adapten a las capacidades individuales de las personas sin distinción de género, contemplando la especial sensibilidad en cada caso y situación, ya sea permanente o transitoria.
  • Favorecer la formación en las técnicas de manipulación de cargas.
  • Control en las diversas organizaciones sobre las sustancias químicas y agentes biológicos con los que se trabaja y sus efectos sobre la fertilidad, el embarazo y la lactancia.
  • Elaboración, en cada empresa, de una relación de puestos de trabajo sin riesgo para la mujer embarazada y lactante, útil para la necesidad de cambios de puesto de trabajo.

De cómo el Plan Bolonia afecta a los Masters en PRL

Carlos Martinez
1 de Diciembre de 2009
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bolognaComo muchos sabéis, en la mayoría de las Comunidades Autónomas y siguiendo lo establecido en la disposición transitoria tercera del Reglamento de los Servicios de Prevención, ya se ha producido el traspaso de competencias de la formación de los Técnicos Superiores en Prevención de Riesgos Laborales de la Autoridad Laboral a la Universidad.
 
De esta manera, ya existen distintas Universidades que están ofreciendo los Másteres Oficiales Universitarios en Prevención de Riesgos Laborales conforme al Plan Bolonia con 60 ECTS.
 
Este nuevo título tiene como principales ventajas:
 
• Poseer una Titulación Universitaria Oficial de Posgrado del Ministerio de Educación.
• Tener un título reconocido a nivel europeo ya que los Másteres cumplen con todos los requisitos del Plan Bolonia.
• Acceder al Doctorado en Prevención de Riesgos Laborales directamente, sin necesidad de realizar los cursos de doctorando que se realizaban antiguamente.
• Para los titulados medios (Ingenieros técnicos o diplomados) supone acceder a una titulación superior universitaria, equiparable académicamente a una Licenciatura.

Igualmente, algunas Universidades como San Pablo CEU, abren la posibilidad de que aquellos alumnos que tengan realizado el antiguo Master Prevención Riesgos Laborales autorizado por la Autoridad Laboral) puedan solicitar la posibilidad de convalidar sus titulaciones por la Universitaria; de esta forma un Técnico Superior de Prevención de Riesgos Laborales con las tres especialidades, puede convalidar 45 de los 60 créditos ECTS. Por lo que, con un pequeño esfuerzo, obtendremos una titulación con todas las ventajas anteriormente mencionadas.

Atención, es muy importante tener en cuenta que el Master Universitario sea oficial, no serán válidos los títulos propios de las Universidades.