Entradas con la etiqueta ‘master universitario’


El Grupo IMF abre una nueva sede en Valencia

Belen Solana
23 de Diciembre de 2011
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En la línea de consolidación nacional e internacional que el Grupo IMF ha tenido durante 2011, desde principios de diciembre hemos abierto unas oficinas propias en Valencia para dar cobertura a esa zona del panorama nacional.

Hasta el momento, IMF tenía un acuerdo con un centro colaborador que nos permitía ofrecer servicios en el ámbito de Levante, pero dada la demanda que ha ido creciendo en los últimos tiempos, la Dirección del Grupo IMF ha decidido expandirse e incorporar recursos propios que puedan atender las necesidades de todos nuestros clientes con la impronta absoluta de nuestra entidad.

IMF Valencia está dirigido por Yolanda Molina, quien lleva más de una década trabajando en proyectos comerciales de formación y cuenta con la experiencia de haber puesto en marcha y haber dirigido otros centros del sector en la comarca.

Con esta nueva apuesta el Grupo IMF cerrará 2011 con 3 nuevos centros: el Centro de Estudios Profesionales (Madrid) en el que se pueden alquilar aulas e impartir formación; IMF Portugal que supone la cobertura absoluta del territorio peninsular, facilitando así la respuesta a los clientes lusos e IMF Valencia, con el que se asienta en una de los núcleos empresarial más destacados de nuestro país.

Desde IMF Central y el resto de Delegaciones queremos darle la bienvenida al nuevo equipo y brindarles todo nuestro apoyo para que logren hacer de nuestra entidad un referente como es en el resto de España.

Cómo iniciarse en la prevención de riesgos laborales

Lydia Rocha
17 de Junio de 2011
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En muchas ocasiones hemos tratado temas relacionados con la prevención de riesgos laborales, siempre dando por hecho que todo el mundo conoce qué es esta disciplina. Es posible que haya multitud de pequeños o medianos empresarios que no puedan costear un servicio de prevención ajeno y necesiten unas nociones básicas y apoyo sobre todo informativo para poder poner en marcha unas medidas de prevención adecuadas para su empresa.

Las actuaciones preventivas deben realizarse en los centros de trabajo por los empresarios con la participación y colaboración de los trabajadores. Empresario y trabajadores son los principales protagonistas de la prevención en las empresas y las Administraciones públicas deben tomar las acciones necesarias para velar por la eficacia de tales actuaciones. Para ello, las Administraciones públicas desarrollan las siguientes funciones que contamos a continuación.

La reglamentación en materia preventiva, desarrollando la Ley mediante Reales Decretos complementados por Órdenes Ministeriales. Únicamente pueden llevar a cabo esta labor las Instituciones centrales del Estado, es decir, Consejo de Ministros y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

La promoción y asesoramiento en materia preventiva, incluyendo la asistencia y cooperación técnica, la información, divulgación, formación, estudios e investigación. En el ámbito de la Administración General del Estado estas funciones corresponden al Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, órgano científico técnico especializado, en el marco de la cooperación necesaria con las administraciones autonómicas. Además de sus servicios centrales, cuenta con cuatro Centros Nacionales de alta especialización: el de Condiciones de Trabajo (Barcelona), de Nuevas Tecnologías (Madrid), de Medios de Protección (Sevilla), Verificación de Maquinaria (Bilbao), y los Gabinetes de Seguridad e Higiene (Ceuta y Melilla). En el ámbito de las Comunidades Autónomas, a las que corresponde la ejecución de la legislación en materia de seguridad y salud en el trabajo son sus órganos técnicos de ámbito provincial los que ejercen dichas funciones.

La vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones empresariales en materia de normativa de prevención de riesgos laborales a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que sin previo aviso puede visitar los centros trabajo sin ningún impedimento y requerir al empresario para que cumpla con sus obligaciones sin perjuicio de que levante acta de infracción si procediera y su elevación a la autoridad laboral para la imposición de la correspondiente sanción administrativa. También tiene la facultad de paralizar de modo inmediato toda actividad en la que se advierta una situación de riesgo grave e inminente.

La imposición de sanciones administrativas por parte de la autoridad laboral competente, que suele ser la Dirección General de Trabajo, y en su caso las Delegaciones Provinciales, de la Comunidad Autónoma. Tales sanciones pueden consistir en la imposición de multas de hasta cien millones de pesetas, la paralización de las actividades e incluso el cierre del centro de trabajo.

La acreditación de los servicios de prevención ajenos, la autorización de las entidades auditoras en materia de prevención y el reconocimiento de los centros de formación de técnicos especialistas de prevención corresponde a la autoridad laboral de la Comunidad Autónoma donde se encuentren sus instalaciones principales.

Las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social son entidades colaboradoras del sistema de la Seguridad Social que sin ánimo de lucro, además de cubrir las prestaciones cubiertas por las cuotas aportadas por las empresas para tales contingencias, pueden actuar como servicios de prevención externos para sus empresas asociadas.

En el ámbito de la Unión Europea, la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, que tiene su sede en Bilbao, tiene como principal misión recoger y difundir toda la información útil existente sobre la prevención de riesgos laborales constituyendo para ello una red europea de centros y organismos relacionados con estos temas, estructurada a su vez por las redes nacionales. En España, la red nacional tiene su punto focal en el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo.

Aprobado el estatuto del estudiante universitario

Josefina del Prado
9 de Febrero de 2011
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Se ha publicado el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Estudiante Universitario, os animo a leerlo pues en el podéis encontrar descrito tanto los derechos como los deberes del estudiante universitario.
Esto resulta de interés para todos los seguidores de IMF que aún os encontráis en la Universidad, a los que pasaréis y para los que en algún momento de nuestra vida pasamos por ella.
¿Quién no se preguntó o se pregunta en algunas ocasiones por los derechos que amparan al estudiante? ¿Cómo podemos actuar ante una situación determinada? Ahora podemos encontrar respuesta a todas estas dudas, pero no olvidéis que no hay derechos sin los correspondientes deberes.
Espero vuestros comentarios en el blog.

Aumentan las becas y ayudas estatales para el curso 2010-2011

Belen Solana
11 de Octubre de 2010
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El curso académico 2010-2011 estará marcado por el aumento de la cuantía de las becas y ayudas del Ministerio de Educación, que alcanzará los 1.430 millones de euros, lo que supone un incremento de 100 millones de euros respecto al curso anterior.
Entre las ayudas que se pueden solicitar están las aprobadas por el Gobierno el pasado mes de septiembre, para financiar máster oficiales a titulados universitarios desempleados, que contará con una partida de 14,68 millones de euros. Estas ayudas requieren que los solicitantes tengan un título universitario, estén inscritos como demandantes de empleo y hayan percibido durante 2010 la correspondiente prestación o ayuda económica por su situación de desempleo.
Los interesados en solicitar la ayuda para la financiación del máster deberán presentar sus solicitudes en la propia Universidad en la que vayan a cursar el máster y será dicho organismo el encargado de comunicar al Ministerio la cantidad total de solicitudes y presentar aquellas que cumplan todos los requisitos.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el próximo 16 de noviembre.
Pueden consultar la Orden ministerial pinchando aquí.

Mejoran las estadísticas de accidentes laborales respecto a 2009

Belen Arcones
20 de Septiembre de 2010
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En el portal “prevention-world” ha salido un artículo con las estadísticas de los accidentes laborales y los trabajadores que, desgraciadamente, han fallecido.

Se registraron, de enero a julio, 376.840 accidentes laborales con baja, lo que supone un descenso del 5,9% respecto al número de accidentes registrado en igual periodo de 2009 (400.664 accidentes).

Del conjunto de siniestros, 332.872 accidentes se produjeron en el lugar de trabajo y 43.968 fueron siniestros “in itinere”. Los primeros descendieron un 6,5% en los siete primeros meses del año, mientras que los segundos se redujeron un 1,6%.

Los accidentes leves con baja en el puesto de trabajo sumaron 329.696 hasta julio, un 6,5% menos, y los graves alcanzaron los 2.840, un 6,9% menos que en 2009. En el caso de los siniestros “in itinere”, se registraron 43.194 accidentes de carácter leve (-1,3%) y 673 de gravedad (-11,8%).

Un total de 336 trabajadores fallecieron en accidente laboral en los siete primeros meses del año, 25 menos que en igual periodo de 2009, lo que en términos relativos implica un descenso en este tipo de siniestros del 6,9%, según los últimos datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Para los que nos dedicamos a la prevención de riesgos laborales, estas estadísticas, aun en los porcentajes que demuestran una reducción de los accidentes, son un fracaso en nuestros trabajos.