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Correo electrónico e internet en el medio laboral

Mmartinez
30 de Octubre de 2009
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La utilización del correo electrónico y de Internet en el medio laboral puede acarrear conflictos y problemas entre el empresario y los trabajadores por cuanto que ese uso sea personal  y no para fines productivos.

En un primer análisis podemos entender que al empresario le supone un coste por cuanto que el tiempo de trabajo que el trabajador emplea en leer o contestar e-mail personales o en buscar información personal en Internet es un período no productivo. La primera idea que nos surge es que el empleador podría imponer determinadas restricciones y limitaciones del uso del correo electrónico, así como de la utilización de Internet por parte de sus trabajadores.

Estas limitaciones o restricciones que puede imponer el empresario se puede basar legalmente en el Estatuto de los Trabajadores en el Art. 5  en el que los trabajadores tienen el deber básico de: “cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular de sus actividades directivas”.  Asimismo el Art.20 establece que “el trabajador estará obligado a realizar el trabajo contenido bajo la dirección del empresario o persona en quien éste delegue”. El mismo Art. 20 determina que “el empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales…” .

Por lo tanto, el Estatuto concede un poder de dirección y organización al empresario para poder controlar las comunicaciones electrónicas de  los trabajadores.

 El poder de dirección del empresario encuentra un límite: toda medida de control respetará la dignidad y la intimidad de los trabajadores.

Para garantizar este límite, se procurará la presencia de un representante de los trabajadores o en su defecto, de otro trabajador de la empresa, en toda medida de registro. Por lo tanto, el poder de dirección del empresario no es un poder absoluto o ilimitado que se puede ejercer en cualquier momento o circunstancia.

Por un lado, deberá respetar los llamados límites externos, es decir, los derechos de los trabajadores reconocidos en la Constitución, leyes, convenios y contrato, siendo nulas las órdenes del empresario que contrarien dichos derechos.

Por otro lado, el poder de dirección debe también respetar límites internos, en cuanto a que debe ser ejercido en forma regular, es decir, la orden dictada por quien no está legitimado para hacerlo, la orden abusiva o la que impone conductas antijurídicas, nocivas o técnicamente incorrectas podrán ser incumplidas por el trabajador, ya que no está dentro del deber de obediencia del mismo.

 El derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones, impediría, en un primer análisis, el acceso al contenido de los correos electrónicos que se envíen o reciban, aún en el seno de la empresa. Así pues, nos encontramos ante la necesidad de compatibilizar dos derechos que, encuentran numerosos puntos de fricción.

 La Sentencia del Tribunal Supremo de 26 de septiembre de 2007, pretende aclarar las pautas para el uso de las nuevas tecnologías. En dicha Sentencia menciona la aceptación de que el trabajador, dentro del principio de buena fe y de un uso moderado, pueda utilizar los medios puestos a disposición para su uso personal, aunque hace referencia al hecho de que es necesario concretar en cada caso concreto y según las circunstancias, dónde se encuentra el límite entre el uso abusivo y el que no es así considerado. 

En cuanto a la posibilidad de acceder el empresario al equipo informático sin vulnerar su derecho a la intimidad, la citada Sentencia establece que con el fin de no violar los derechos fundamentales de los trabajadores, se considera que éstos deben conocer y aprobar, con carácter previo, el posible control por la empresa de los medios puestos a su disposición para el desarrollo de las labores encomendadas, pudiéndose incluir en el propio contrato laboral una mención, advirtiendo sobre la posible fiscalización, aleatoria, del contenido de los correos electrónico enviados o recibidos por los trabajadores, en aplicación de los derechos reconocidos al empresario por el Estatuto de los Trabajadores.

Recomendamos a empresarios y responsables en la gestión de recursos humanos la formación en cursos y máster recursos humanos con el fin de conocer detalladamente las leyes laborales y mejores métodos para la gestión de los trabajadores en la empresa.

Formación de trabajadores = negocio en crecimiento

Belen Solana
25 de Septiembre de 2009
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formacion = negocio en crecimiento

La delicada situación económica que atraviesa tanto el panorama internacional como el nacional, ha aupado a determinados sectores a los primeros puestos en la escala de rentabilidad. La formación se ha convertido en los últimos tiempos en el recurso de la mayoría de los desempleados y empleados que buscan regresar al mercado laboral o progresar en él. Para cubrir esa necesidad de formación empresas como el Instituto Madrileño de Formación (IMF) han ampliado sus catálogos y líneas de negocio para adaptarse a todos los perfiles de alumnos y de empresas.

Tal y como señala Carlos Martínez, el director general del Grupo IMF, en una entrevista publicada el recientemente en El economista, “parte del éxito de la empresa, se debe al convenio que firmaron el año pasado con el CEU para, aprovechando el Plan Bolonia, impartir cursos en la Universidad”.

Otro elemento responsable del auge de la formación es la apuesta por las nuevas tecnologías. Martínez destaca también que “ahora [IMF] estamos volcados en la formación online, porque muchas empresas buscan el abaratamiento en la enseñanza (cuestan un 50% menos que la presencial) y suele ser más cómodo para el trabajador.

Este empresario no quiere cerrarse a nada por eso está impulsando una nueva línea de negocio para IMF:  la cualificación profesional a los cuidadores de personas en situación de dependencia. Pero ésto, aún,  está a la espera de que se haga oficial por parte del Ministerio de Sanidad y Políticas Sociales.

Los cursos y másters oficiales de IMF son subvencionados para empresas.
IMF imparte una amplia oferta de cursos online y másters oficiales de distintas áreas y actividades de negocio: cursos y máster prevención riesgos laborales, curso superior y máster energías renovables, cursos a distancia y máster recursos humanos, etc.